La prueba pericial psicológica sobre credibilidad testimonial constituye uno de los elementos más determinantes en los procedimientos judiciales por delitos contra la libertad sexual. Como abogado especializado en defensa penal sexual, he comprobado que estos informes pueden inclinar la balanza hacia la condena o la absolución. Los delitos sexuales son los más graves del ordenamiento penal español y requieren defensa técnica especializada. En este artículo te explico qué dice la ley sobre la valoración psicológica del testimonio y cómo funciona el proceso judicial en estos casos.
Fundamentos de la evaluación pericial de la credibilidad del testimonio
La valoración psicológica de la credibilidad testimonial se ha convertido en pieza angular de los procesos penales por delitos sexuales. A diferencia de otros delitos, estos suelen caracterizarse por la ausencia de testigos directos y, en muchos casos, de evidencias físicas concluyentes. Como en un tablero de ajedrez donde cada pieza cuenta, el testimonio de la presunta víctima adquiere un valor probatorio extraordinario.
El Tribunal Supremo, en su Sentencia 119/2019 de 6 de marzo, ha establecido que «el testimonio de la víctima puede ser considerado prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia, incluso aunque fuese la única prueba disponible». No obstante, este mismo tribunal exige que dicho testimonio sea sometido a un análisis riguroso atendiendo a tres parámetros fundamentales:
- Ausencia de incredibilidad subjetiva
- Verosimilitud del testimonio
- Persistencia en la incriminación
Metodología científica en la evaluación de la credibilidad testimonial
Los peritos psicólogos forenses emplean diversas técnicas para valorar la credibilidad de un testimonio. La más utilizada en España es el Sistema de Análisis de la Validez de las Declaraciones (SVA), que incluye la técnica CBCA (Criteria Based Content Analysis). Este método analiza la presencia de ciertos criterios en el relato que, estadísticamente, suelen estar presentes en declaraciones veraces.
Protocolo SVA y criterios CBCA
El protocolo SVA consta de tres fases bien diferenciadas:
- Entrevista semiestructurada con la presunta víctima
- Aplicación de los criterios CBCA al contenido de la declaración
- Evaluación de la validez mediante la lista de verificación
En mi experiencia como abogado especializado en delitos sexuales, he comprobado que muchos informes periciales presentan deficiencias metodológicas que pueden ser eficazmente cuestionadas durante el juicio oral. Por ejemplo, la ausencia de grabación de las entrevistas o la contaminación del relato por intervenciones previas son elementos que pueden comprometer la fiabilidad del análisis.
Valor probatorio de la pericia psicológica sobre credibilidad del testimonio
Es fundamental comprender que el informe pericial sobre credibilidad testimonial no constituye una prueba irrefutable. El art. 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece claramente que «el Tribunal, apreciando según su conciencia las pruebas practicadas en el juicio… dictará sentencia». Esto significa que el juez no está vinculado por las conclusiones del perito.
Como señaló el Tribunal Supremo en su Sentencia 705/2003 de 16 de mayo, «los informes periciales sobre credibilidad testimonial constituyen una ayuda técnica para valorar el testimonio, pero no sustituyen la función judicial de valoración de la prueba».
Limitaciones científicas de los análisis de credibilidad
Los estudios sobre fiabilidad de las técnicas de evaluación testimonial muestran tasas de acierto que oscilan entre el 65% y el 85%. Esto implica un margen de error significativo que debe ser considerado por el tribunal. Además, estas técnicas fueron diseñadas originalmente para evaluar testimonios de menores, por lo que su aplicación a adultos presenta limitaciones adicionales.
Cuando un cliente llega acusado en un caso donde la prueba principal es el testimonio de la presunta víctima, lo primero es analizar exhaustivamente el informe pericial psicológico, identificando posibles deficiencias metodológicas o sesgos interpretativos.
Contrapericia y derecho de defensa
El derecho a la contrapericia en la valoración de credibilidad testimonial es una manifestación esencial del derecho de defensa consagrado en el art. 24 de la Constitución Española. La designación de un perito de parte permite cuestionar técnicamente las conclusiones del informe oficial.
Los aspectos que suelen analizarse en una contrapericia incluyen:
- Adecuación metodológica del procedimiento seguido
- Correcta aplicación de los criterios de análisis
- Consideración de hipótesis alternativas
- Existencia de posibles sesgos confirmatorios
Veamos por qué este detalle marca la diferencia: mientras el perito oficial suele centrarse en la credibilidad del testimonio, el perito de parte puede aportar explicaciones alternativas igualmente compatibles con los datos disponibles, generando así una duda razonable.
Preguntas frecuentes sobre la prueba pericial de credibilidad testimonial
¿Puede un informe pericial determinar con certeza si alguien miente?
No. Los informes periciales sobre credibilidad del testimonio no pueden establecer con certeza absoluta si una persona miente o dice la verdad. Estas técnicas ofrecen únicamente una probabilidad estadística basada en la presencia de ciertos criterios en el relato. El Tribunal Supremo ha señalado reiteradamente que estas pruebas tienen un valor orientativo, nunca determinante.
¿Qué hacer si el informe pericial oficial concluye que el testimonio es creíble?
La estrategia de defensa debe incluir un análisis exhaustivo del informe, identificando posibles deficiencias metodológicas, y valorar la designación de un perito de parte que pueda realizar una contrapericia. También es fundamental contextualizar el testimonio con otras pruebas disponibles y explorar hipótesis alternativas que puedan explicar los mismos hechos.
¿Son admisibles los informes periciales privados sobre credibilidad testimonial?
Sí. El art. 471 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce el derecho de las partes a nombrar peritos a su costa. Estos informes tienen plena validez procesal, aunque su valoración quedará sujeta al criterio judicial junto con el resto de pruebas practicadas.
Conclusión
La evaluación pericial psicológica de la credibilidad testimonial constituye una herramienta de gran relevancia en los procesos por delitos sexuales, pero debe ser analizada con rigor crítico. Sus limitaciones metodológicas y científicas exigen que sea valorada en conjunto con el resto de elementos probatorios.
Si estás acusado de un delito sexual donde la principal prueba es el testimonio de la presunta víctima, necesitas defensa técnica especializada desde el primer momento. La complejidad de estos procedimientos requiere abogados con experiencia específica en la materia y conocimientos sobre psicología del testimonio. Contacta con nosotros para una valoración profesional de tu caso.


