El derecho a proponer testigos y pruebas de descargo constituye uno de los pilares fundamentales del sistema procesal penal español. Como abogado especializado en defensa de delitos contra la libertad sexual, he comprobado que este derecho procesal resulta absolutamente determinante para garantizar la presunción de inocencia y el derecho a la defensa consagrados en nuestra Constitución. La proposición adecuada de elementos probatorios puede marcar la diferencia entre una condena y una absolución en casos donde la palabra de la víctima suele tener un peso preponderante.
Fundamentos jurídicos del derecho a la prueba en el proceso penal
El derecho a proponer pruebas exculpatorias encuentra su base constitucional en el artículo 24 de la Constitución Española, que garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva y prohíbe la indefensión. La Ley de Enjuiciamiento Criminal desarrolla este derecho fundamental en sus artículos 656 a 667 para el procedimiento ordinario y en el artículo 784.1 para el procedimiento abreviado.
Como he podido comprobar en mi trayectoria profesional, la correcta articulación de la estrategia probatoria de descargo debe plantearse desde las primeras diligencias. El Tribunal Constitucional ha establecido reiteradamente (STC 19/2001, de 29 de enero) que el derecho a la prueba forma parte esencial del derecho de defensa.
Momentos procesales clave para la proposición de pruebas de descargo
En mi experiencia defendiendo casos de delitos sexuales, he identificado varios momentos decisivos para ejercer el derecho a presentar testigos y pruebas favorables al acusado:
- Fase de instrucción: Solicitud de diligencias de investigación (art. 311 LECrim)
- Fase intermedia: Escrito de defensa con proposición formal de pruebas (art. 784.1 LECrim)
- Cuestiones previas al inicio del juicio oral (art. 786.2 LECrim)
- Excepcionalmente, durante el juicio oral (prueba sobre prueba)
La anticipación es crucial. En ocasiones, he visto casos donde pruebas determinantes no pudieron practicarse por haberse propuesto extemporáneamente. Como suelo decir a mis clientes: «En la defensa penal, llegar tarde es equivalente a no llegar».
Tipología de pruebas de descargo en delitos contra la libertad sexual
Prueba testifical
La proposición de testigos de descargo debe realizarse con extrema precisión. No se trata de cantidad sino de calidad. Los testigos deben aportar información relevante sobre:
- Coartada del acusado
- Contexto de la relación previa entre denunciante y acusado
- Comportamiento posterior de las partes
- Contradicciones en la versión de la denunciante
El Tribunal Supremo ha establecido en su jurisprudencia (STS 119/2019, de 6 de marzo) que la declaración de la víctima puede constituir prueba de cargo suficiente, pero siempre sometida a criterios de credibilidad, verosimilitud y persistencia. Precisamente ahí radica la importancia de una adecuada estrategia probatoria de la defensa.
Prueba pericial
Las pruebas periciales exculpatorias adquieren especial relevancia en estos procedimientos. Entre las más efectivas que he utilizado en mi práctica profesional destacan:
- Peritajes psicológicos sobre credibilidad del testimonio
- Informes médico-forenses contradictorios
- Análisis toxicológicos
- Peritajes informáticos sobre comunicaciones entre las partes
Como un faro en la oscuridad, un buen informe pericial puede iluminar aspectos que permanecían en sombras y cambiar completamente la perspectiva del tribunal juzgador.
Limitaciones al derecho de proponer pruebas de descargo
Aunque el derecho a presentar pruebas exculpatorias es fundamental, no es absoluto. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional (STC 165/2001, de 16 de julio) establece que las pruebas propuestas deben ser:
- Pertinentes: relacionadas con el objeto del proceso
- Necesarias: con potencial influencia en el fallo
- Lícitas: obtenidas sin vulneración de derechos fundamentales
- Propuestas en tiempo y forma según las normas procesales
En delitos sexuales, he observado una tendencia restrictiva en la admisión de pruebas sobre la vida sexual previa de la denunciante, especialmente tras la entrada en vigor de la LO 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, que refuerza la protección de la intimidad de las víctimas.
Estrategias efectivas para la proposición de pruebas de descargo
La proposición de elementos probatorios favorables al acusado debe seguir una estrategia coherente. Basándome en mi experiencia, recomiendo:
- Identificar los puntos débiles de la acusación
- Construir un relato alternativo coherente
- Seleccionar pruebas que sustenten específicamente ese relato
- Anticipar posibles objeciones del Ministerio Fiscal
- Preparar recursos contra eventuales denegaciones probatorias
En un caso reciente que defendí, la proposición de una prueba pericial informática sobre mensajes de WhatsApp posteriores a los hechos denunciados resultó determinante para demostrar la existencia de consentimiento, logrando una sentencia absolutoria.
Preguntas frecuentes sobre el derecho a proponer pruebas de descargo
¿Qué ocurre si el juez deniega una prueba fundamental para la defensa?
Si el órgano judicial deniega una prueba de descargo esencial, debe hacerlo mediante resolución motivada. La defensa puede formular protesta formal (art. 659 LECrim) y posteriormente fundamentar un recurso por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y a utilizar los medios de prueba pertinentes (art. 24 CE).
¿Cuándo es el momento idóneo para proponer testigos de descargo?
El momento procesal óptimo para la proposición de testigos favorables al acusado es el escrito de defensa (art. 784.1 LECrim en procedimiento abreviado). No obstante, durante la instrucción ya se pueden solicitar declaraciones testificales como diligencias de investigación. Esperar al juicio oral para proponer nuevos testigos suele conducir a su inadmisión por extemporaneidad.
¿Qué valor tienen las pruebas periciales de parte frente a las oficiales?
Las pruebas periciales exculpatorias aportadas por la defensa tienen plena validez procesal, aunque tradicionalmente los tribunales han otorgado mayor credibilidad a los informes de peritos oficiales por su presunta imparcialidad. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha establecido (STS 582/2018, de 22 de noviembre) que los informes periciales deben valorarse por su contenido y metodología, no por su origen.
Como abogado especializado en defensa de delitos sexuales, considero que el derecho a proponer testigos y pruebas de descargo constituye la piedra angular de una defensa efectiva. La complejidad probatoria de estos procedimientos exige un conocimiento profundo tanto de los aspectos sustantivos como procesales. Si te encuentras investigado o acusado por un delito contra la libertad sexual, es fundamental contar con asesoramiento especializado desde el primer momento para garantizar que tu derecho a la defensa se materialice de forma efectiva mediante una adecuada estrategia probatoria.


